Preguntas frecuentes en relación a la ley de alivio de deuda.

1. ¿En qué consiste un periodo de gracia?

El periodo de gracia es un margen de tiempo, definido por una institución financiera, durante la cual el Banco prorroga y difiere a sus clientes el cobro de las cuotas de los préstamos.

Banco del Pais otorgó a toda su cartera de préstamos 45 días de gracias del 16 de marzo al 30 de abril durante los cuales no se generarán ni cargarán intereses ni cargo por mora.

2. ¿Se generan cargos o intereses moratorios durante los periodos de gracia?

No. Durante el periodo de gracia no se generan ni cobran cargo o intereses moratorios.

3. ¿Significa el periodo de gracia que nunca voy a tener que pagar esas cuotas de capital e intereses?

No. El cliente siempre deberá pagar tanto el capital como los intereses corrientes de sus créditos. El periodo de gracia da un espacio momentáneo a las personas que han visto sus ingresos disminuidos y han tenido que utilizar sus ingresos para cubrir otras necesidades. No obstante, el cliente tiene la obligación de llegar a un acuerdo con el Banco respecto a cuándo y cómo pagara las cuotas prorrogadas durante el periodo de gracia.

4. ¿Con la Ley de Alivio me condonarán mis obligaciones?

No. El propósito de la Ley de Alivio es brindar, a las personas que, debido a la crisis, vieron sus ingresos disminuidos un espacio de tiempo mayor para cumplir con sus obligaciones.

5. Si tengo un préstamo de vivienda, consumo o auto y no pude pagar mis cuotas durante el periodo de toque de queda. ¿Qué le sucederá a mi (s) préstamos y a mi historial crediticio?

Con el fin de apoyar a sus clientes de vivienda, consumo y auto Banco del País S. A. unilateralmente difirió sus próximas próximas dos (2) cuotas. Los intereses de tales cuotas se capitalizarán y se trasladarán a la fecha de vencimiento del crédito prorrogando por dos meses más la vida de la operación.

En el caso de los préstamos de vivienda con fondos de redescuento Banhprovi o Rap se difiere el pago de las próximas 3 cuotas y se pasarán al final de la vida de su préstamo.

6. ¿Tengo que realizar algún trámite para que me trasladen estas dos cuotas al final de la vida de mi préstamo?

No, el Banco ya lo hizo unilateralmente buscando el beneficio de sus clientes.

7. ¿Qué sucede si yo no quiero que me prorroguen las dos cuotas de mi préstamo de vivienda, auto o consumo?

Si usted no desea recibir este beneficio deberá comunicarse al correo: banpaisayudacovid19@banpais.hn y enviar una notificación por escrito debidamente firmada en la que renuncia al beneficio otorgado.

8. Yo tengo un préstamo de microfinanzas. ¿Cómo aplica la Ley de Alivio en mi caso?

Con el fin de apoyar a sus clientes de microfinanzas Banpaís unilateralmente suspendió, a partir del 16 de marzo, el pago de sus próximas tres (3) cuotas. Los intereses de tales cuotas se capitalizarán y se trasladarán a la fecha de vencimiento del crédito.

9. ¿Cómo gestionaremos los beneficios de la Ley de Alivio los clientes de Banca Pyme, Banca Empresarial y Banca Corporativa?

En el caso de los clientes de Banca Pyme, Banca Empresarial y Corporativa deberán gestionar directamente con sus Gerentes de Cuenta los requerimientos en relación a sus operaciones crediticias.

10. ¿Qué sucede en los casos de Banca Pyme, Empresarial y Corporativa cuando por temas de movilidad, no se pudieron hacer los pagos de las cuotas comprendidas durante el periodo de toque de queda?

Banpaís otorgará hasta 10 días calendario con posterioridad a la finalización del toque de queda definitivo para que pueda efectuar sus pagos sin incurrir en gastos o intereses moratorios.

11. ¿Qué sucede si a pesar de haberme acogido al mecanismo de alivio otorgado por Banpaís, debido a mi situación económica no me es posible hacerle frente a mis obligaciones bancarias?

Si usted se ha visto afectado económicamente por la situación de crisis provocada por la llegada del Covid-19 la Ley de Alivio le permite acogerse a procesos de reestructuración y readecuación, mediante los cuales los planes de pago de sus obligaciones se elaborarán de acuerdo a su flujo de caja actual bajo ciertos parámetros.

La fecha límite para solicitar una reestructuración o un refinanciamiento es el 30 de septiembre de 2020. Le sugerimos que si este es su caso, se comunique lo antes posible a la dirección:

banpaisayudacovid19@banpais.hn Buscaremos la manera de comenzar a trabajar en su caso a la brevedad posible.

12. ¿Qué sucede si pagué el saldo de contado de mi tarjeta de crédito pero después de la fecha máxima correspondiente porque el Banco estaba cerrado y no tenía acceso a la banca electrónica, se reversarán los intereses generados?

Si esta es su situación, le solicitamos se comunique a la dirección banpaisayudacovid19@banpais.hn para exponernos su caso y revisarlo.

13. Tengo una tarjeta de crédito con Banpaís y no pude pagar mis cuotas durante el período de toque de queda. ¿Qué sucederá con mi tarjeta?

Con el fin de apoyar a los clientes de tarjeta de crédito, el Banco hará un crédito por el valor del pago mínimo de forma que no se generen cargos moratorios y la tarjeta quede habilitada para su uso, a la vez se hará una reversión por el mismo valor. Esto se realizará durante la situación actual a fin de que los clientes no deban realizar pagos, si requieren su efectivo para cubrir otras necesidades.

14. Soy un cliente que siempre paga de contado, pero debido a la situación actual no estoy en condición de hacerlo. ¿Me condonarán los intereses?

El Banco como apoyo a sus clientes aplicará el pago mínimo a través de un crédito a la tarjeta del cliente, de esta forma no se realizarán cargos moratorios, sin embargo los intereses corrientes, como siempre, serán generados sobre el saldo adeudado.

15. ¿El Banco ofrecerá opciones o planes de financiamiento para pagar los saldos adeudados una vez se supere la situación actual?

El Banco está trabajando constantemente para apoyar a sus clientes a fin de ofrecer las mejores opciones para el pago de sus saldos.

16. ¿Califican para el alivio de deuda las personas que han sido suspendidas temporalmente de sus labores?

Si califican siempre y cuando estuvieran al día en sus pagos a la fecha 29 de febrero de 2020 y que presente la copia de la Suspensión Laboral.

De estar en mora para esa fecha, deberá contactarse con el área de activos especiales enviando un correo a: banpaisayudacovid19@banpais.hn indicando el número al cual podamos contactarlo telefónicamente.